Surtigas hace un llamado a la comunidad en general y especialmente a sus usuarios que habitan edificios, a que realicen de manera oportuna la Revisión Periódica a sus instalaciones internas de gas natural, con la que se ampara la seguridad de los hogares.
La Revisión Periódica es la inspección obligatoria a la instalación interna de gas y se realiza para garantizar la seguridad del usuario, la de su familia y la comunidad. Por disposición legal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG (Res. CREG 059 de 2012), ésta debe hacerse antes que se cumpla el plazo máximo, es decir antes de que se cumplan los 5 años de haberse realizado la última revisión.
En los multifamiliares se realizan dos tipos de inspecciones:
- A la red matriz, común a todos los apartamentos.
- Y en cada apartamento de manera individual.
Es importante precisar que, para poder realizar la revisión periódica en cada apartamento, debe realizarse primero la revisión periódica a la red matriz del edificio.
De hallarse defectos en la red matriz o en la instalación interna de gas natural de los apartamentos, éstos deben ser corregidos para poder continuar disfrutando del servicio de gas natural.
De igual manera es importante recordar que, en virtud de la misma disposición de la CREG (Res. CREG 059 de 2012), la empresa distribuidora de gas natural tiene el deber de suspender a aquellos usuarios que no han realizado la revisión periódica a más tardar 5 días antes del vencimiento de la última revisión.
A pesar de los reiterados esfuerzos y campañas adelantadas por Surtigas, en su área de influencia aún persisten usuarios que se niegan a realizar la revisión periódica o que no han permitido la suspensión del servicio. Es importante que las administraciones de los edificios y el usuario conozca y tenga en cuenta las siguientes disposiciones legales:
- Cuando faltan entre 12 y 5 meses para que se cumpla el plazo máximo de la revisión periódica, Surtigas le envía a la copropiedad una comunicación explicando en qué consiste la revisión periódica y con quien puede realizarla.
- La Revisión Periódica para redes matrices puede ser realizada por cualquiera de los organismos de inspección acreditados (OIA´s) de Colombia o por Surtigas a través de sus contratistas.
- La Revisión Periódica finaliza cuando la red matriz y/o la instalación interna del usuario cuenta con el certificado de conformidad, es decir, cuando ésta se encuentra sin defectos según el reglamento técnico de instalaciones expedido por el Ministerio de Minas y Energía (Res. 90902 de 2013), y el certificado ha sido entregado por el OIA a la empresa distribuidora de gas natural.
- Es importante que la administración o el usuario realice la Revisión Periódica lo antes posible, para que en caso de que existan defectos en la instalación interna, estos puedan ser corregidos a tiempo y se logre certificar la instalación antes del plazo máximo.
- Si la instalación interna de un apartamento o la red matriz de un multifamiliar requiere de arreglos, estas pueden ser realizadas por las personas relacionadas en el Registro de Instaladores que se publica en la página web de Surtigas y en las oficinas de atención al cliente.
Es responsabilidad de la administración del edificio y de los usuarios realizar su revisión periódica, con los OIA´s autorizados.