25 COMPARENDOS A TURISTAS NACIONALES Y EXTRANJEROS HAN SIDO IMPUESTOS POR POLICÍAS DEL GRUPO DE PROTECCIÓN AL TURISMO Y PATRIMONIO DE LA METROPOLITANA DE CARTAGENA
En controles para proteger la vida, desplegados por la Policía Metropolitana en el centro histórico, lugares de interés turístico y playas, se realizaron actividades de orientación a los turistas extranjeros y nacionales, con el objetivo de cumplir la normatividad establecida por el Alcalde Mayor del Distrito de Cartagena y el Ministerio de Salud, para la contención del Coronavirus Covid -19.
Estas normas, como el Decreto 0506 artículo 3 y 4.1, donde se suspende toda actividad turística y conmina a turistas extranjeros y nacionales mantenerse en aislamiento preventivo obligatorio, en hoteles y hostales, en un periodo de 14 días, dentro de las acciones para prevenir la proliferación del virus Covid – 19.
Por parte de los policías del Grupo de Protección al Turismo y Patrimonio, se realizaron intervenciones a extranjeros de nacionalidad inglesa, francesa, argentina y chile, y turistas nacionales, brindando recomendaciones puntuales sobre esta normatividad, aplicando 25 comparendos por el Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Además, se incauta una moto eléctrica.
De igual forma, policías de la Metropolitana de Cartagena visitaron hoteles, hostales y hospedajes, con el objetivo de orientar a los administradores y empleados, sobre los protocolos de atención a estos turistas y el cuestionario que se debe aplicar.
Para prevenir la propagación del virus Covid 19, la Policía Metropolitana solicita a la comunidad atender las restricciones impuestas, que nos permitirá proteger la vida y contrarrestar el contagio masivo entre los ciudadanos.
Desde el inicio de las restricciones al toque de queda, a partir del 17 de marzo, la Policía Metropolitana de Cartagena ha impuesto un total de 127 comparendos, dentro del Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana, así:
Art. 140 numeral 4: Ocupar el espacio público en violación de las normas vigentes.
Art. 35 numeral 1 Irrespetar a las autoridades de Policía.
Art. 35 numeral 2 Incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de Policía.