El exgobernador Julio César Guerra Tulena fue encontrado responsable fiscal por haber firmado y autorizado pagos por $2.398 millones a la Clínica de Rehabilitación Nuevos Amaneceres de Sucre, mediante Resoluciones expedidas entre septiembre de 2014 y diciembre de 2015, cuando la documentación de la IPS para hacer los cobros era falsa y nunca se practicaron los tratamientos facturados a enfermos mentales y personas con drogodependencia.
Según la Contraloría, con su negligencia y falta de cuidado en el manejo del erario público, el exgobernador Guerra Tulena contribuyó en el daño ocasionado al patrimonio estatal, pues fue quien suscribió todas las Resoluciones mediante las cuales se ordenó cancelar y pagar a la IPS Clínica de Rehabilitación Nuevos Amaneceres de Sucre por unos servicios de salud mental que nunca fueron efectivamente prestados.
El fallo con responsabilidad fiscal cobija también, en forma solidaria, a dos exsecretarios de salud (Nayibe del Carmen Padilla y Efraín de Jesús Suárez), a 6 funcionarios y contratistas de esa misma dependencia y al propietario y representante legal de la Clínica de Rehabilitación Nuevo Amaneceres de Sucre, Ernesto Vladimir González.
Esta IPS resultó ser una clínica de garaje creada solo para desfalcar los recursos del Sistema General de Participaciones destinados para la financiación de servicios de salud. Su capital social era de apenas $1 millón de pesos, que por supuesto no alcanzaba ni para pagarle el sueldo a los empleados que manifestaba tener.
En el curso del proceso de responsabilidad fiscal, el propietario de la Clínica confesó el montaje que se hizo para lograr estos pagos, cómo inventó pacientes y cómo contrató un psiquiatra con un título en Argentina sin homologar para que falsificará la firma de un colega y avalará así la supuesta atención a los enfermos mentales.
Actualmente el proceso de responsabilidad fiscal se encuentra en segunda instancia, con el fin de decidir los recursos de apelación interpuestos.
La Contraloría mantiene las medidas cautelares decretadas en el curso del proceso. Continuarán vigentes hasta el proceso de jurisdicción coactiva.