Para garantizar la continuidad del Programa de Alimentación Escolar (PAE) a los niños, niñas y adolescentes de las escuelas públicas, y después de dos licitaciones declaradas desiertas, el Distrito ha decidido iniciar el proceso de selección del operador del PAE, a través de la Bolsa Mercantil de Colombia, órgano experto que se encargará de garantizar celeridad, objetividad, transparencia, economía y calidad en el suministro del alimentos a los niños beneficiarios del programa.
Es de destacar que el Distrito adelantó en dos ocasiones una licitación pública y un proceso de selección abreviada, los cuales no llegaron a feliz término, puesto que ninguno de los proponentes cumplió con los requisitos exigidos en el pliego de condiciones en cada caso. En ambas ocasiones fueron interpuestos los recursos de ley, los cuales fueron oportunamente resueltos en derecho por el Distrito.
La Bolsa Mercantil, como organismo idóneo y conocedor del tema, ayudará al Distrito a realizar una operación comercial en términos de agilidad, transparencia, seguridad, economía, eficacia y calidad.
El proceso de Bolsa Mercantil encuentra su fundamento normativo en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, dentro la modalidad de selección abreviada para la compra de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, así como productos de origen o destinación agropecuaria.
Dentro de las causales de selección abreviada incluyó el legislador, la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades, advirtiendo expresamente que para la adquisición de estos bienes y servicios las entidades deberán hacer uso de procedimientos de subasta inversa o, de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de adquisición en bolsas de productos.
Como complemento de todo lo anterior, tenemos, que el Capítulo II Subsección II del Decreto 1082 de 2015, desarrolló todas las reglas específicas atinentes a los procedimientos aplicables a cada una de las sub modalidades de la selección abreviada y, particularmente, a partir del artículo 2.2.1.2.1.2.2. establece el régimen aplicable a las compras por cuenta de entidades estatales a través de las bolsas de productos.
Este tipo de proceso de la Bolsa Mercantil tiene como ventaja que adopta los principios de la contratación estatal, la función administrativa y la gestión fiscal, pese a contar con su propio régimen de contratación.
A nivel de la transparencia, objetividad y seguridad, la Bolsa Mercantil está sujeta a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia y de la Contraloría General de la República, como también al seguimiento de las distintas veedurías ciudadanas.
El sistema de Bolsa Mercantil no se encuentra limitada por la entrada en vigencia de la ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías.
La operación comercial que resulte será consecuencia de una puja dinámica a la inversa que se verá reflejada en menor precio por ración o mayor cantidad de alimentos para los niños de la ciudad.
La Bolsa Mercantil cuenta con, aproximadamente, 14 años de experiencia en el mercado de compras públicas y entidades de todos los órdenes que han optado en múltiples oportunidades por contratar la compra de alimentos por la modalidad de selección abreviada, mediante la adquisición a través de bolsa de productos.
Todo lo anterior, se verá reflejado en la optimización del servicio, siempre en procura del bienestar de los niños y niñas beneficiarios del programa PAE.